Obara-Saeki, Tadashi (ed.)

Cuenta de la Caja Real de Chiapas. 1540-1549

Prefacio: Dolores Aramoni

Año: 2016
Editorial: Instituto
de Estudios Indígenas,
UNACH, México
ISBN: 978-607-8301-82-9
Páginas: 193



 

Cuenta de la Caja Real de Chiapas. 1540-1549 es la novedad más reciente dentro de la obra de Tadashi Obara-Saeki, misma que ha ofrecido varias aportaciones importantes a la historia colonial de Chiapas relacionadas sobre todo con demografía y cuestiones fiscales. El libro es corto, en total menos de 200 páginas que pueden dividirse en cinco partes, merecedoras de mención: sucinta pero muy precisa y clara es la presentación elaborada por Dolores Aramoni; le sigue una introducción extensa escrita por el autor; una transcripción cuidadosa del documento del Archivo General de Indias, cuyo título completo es “Cuentas de [la] Real Hacienda desde 1540 hasta 1549, dadas por los oficiales reales de la provincia de Chiapas, Diego Vázquez Rivadeneira, contador, García de Mendaño, tesorero, y don Antonio de la Torre, factor y veedor, y tomadas por el licenciado Alonso López Cerrato, presidente de la Audiencia de Guatemala”.[1] Se incluye también la transcripción de cuatro cédulas reales de 1568 referidas a la revisión dela Cuenta realizada por el Consejo de Indias casi veinte años después de la entrega del documento comentado, en la que se piden varias aclaraciones y el pago de deudas por parte de los oficiales de la Caja Real de Chiapas o sus herederos. Finaliza la publicación con un “Índice de personas”.

El corazón del libro, y la mayor parte de su contenido, corresponde a la transcripción de las Cuentas de la Caja Real de Chiapas entre 1540 y 1549; el tener una versión paleografiada de este documento es un logro enorme para el estudio de la historia del siglo XVI en Chiapas. Como escribe Dolores Aramoni en la Presentación, aunque “la historia de los archivos en Chiapas es bastante triste”, este documento se encuentra lleno de riquezas. El autor muestra, en la Introducción, algunos de los caminos que su estudio nos abre.

Antes de mencionar las pistas que ha seguido Obara-Saeki, necesario es señalar dos puntos fundamentales de este libro: por un lado, la aproximación a la historia financiera de Chiapas de mediados del siglo XVI, campo de estudio del que sólo contamos con el libro de I. Sánchez Bella, La organización financiera de las Indias, siglo XVI; obra que, en un contexto mucho más amplio, nos permite conocer grosso modo la historia institucional de este ramo en el siglo XVI. Por otro lado la identificación de los nombres de más de cien personas, la mayoría de las cuales se encontraba presente en Ciudad Real en la quinta década del siglo XVI. Como menciona Aramoni en su Presentación, habrá que dar seguimiento al estudio de estos personajes —tema sobre el que volveremos más adelante— para poder ir profundizando en esta época de la historia chiapaneca.

El esfuerzo de la Corona española por controlar el amplio imperio que abarcaba, con territorios en los cinco continentes, requirió de una administración muy elaborada. Dentro de esta gran estructura administrativa se incluyó una red de cajas reales para administrar los intereses fiscales de la Corona en las Indias, de esta forma los Reyes Católicos impusieron un sistema formal con el que recabar impuestos y otros derechos, primero en la Española y posteriormente en los territorios que se iban descubriendo, lo cual les permitía asegurar la parte que les correspondía de la riqueza extraída en los territorios recién descubiertos.La primera Caja que se creó en tierra firme fue la de México en 1521, le siguió la fundación de otras cajas reales en la Nueva España a lo largo del siglo XVI hasta completar un total de 23. Todas ellas se instauraron en lugares estratégicos, como puertos de mar, allí donde existían grandes yacimientos de metales y donde la monarquía sentía que debía ejercer más firmemente su autoridad, como fue la creación de la Caja de Campeche en 1716.

En el caso de la Audiencia de Guatemala, José María Vallejo García-Hevia nos informa en su libro Juicio de un Conquistador. Pedro de Alvarado que en el año 1529 llegaron a Santiago de Guatemala los oficiales de la Real Hacienda que iban a ser nombrados para la Caja Real de Guatemala: Francisco Zorilla, contador; Francisco de Castellanos, tesorero; y el veedor, Gonzalo Ronquillo. Sin embargo, sabemos por los documentos que los primeros encargados fueron Baltasar Mendoza y Eugenio de Moscoso.[2]

En el momento en que se encuentra en funcionamiento la Caja Real de Chiapas, en la Audiencia de Guatemala, existen además las cajas de Guatemala, Hibueras o Higueras y Nicaragua. Ahora bien, si las cajas reales tanto de Nueva España como de Guatemala se habían creado en lugares estratégicos, como apuntábamos líneas arriba, ¿por qué se crea una caja real en Ciudad Real? Unos podríamos pensar que ésta se debió al descubrimiento de minas de oro en Chiapas en 1532; sin embargo, pronto se hizo evidente que su producción no era demasiado alta, y aunque se ordenó, como indica el autor, que se enviaría a un oficial real desde Guatemala para asistir a la fundición del metal en San Cristóbal de los Llanos —posteriormente Ciudad Real y actualmente San Cristóbal de Las Casas— parece que la disposición no se puso en práctica. Así que podemos deducir que ésta no fue causa suficiente para la instauración de la Caja Real.

Y es este punto del libro el que nos parece de suma importancia. La Caja Real de Chiapas se funda en 1540 después de un intercambio territorial entre Pedro de Alvarado y Francisco de Montejo. Este último cedió la gobernación de Honduras y Alvarado le dio la gobernación de Chiapas y la encomienda de Xochimilco. De esta forma Ciudad Real de Chiapas se convierte en sede de una gobernación. A decir de Peter Gerhard (1991), entre 1540 y 1544 Chiapas, por primera y única vez durante el periodo colonial, tuvo un gobierno separado.

Una vez que Montejo asume el mando en marzo de 1540 ve la necesidad de crear una tesorería que financie la gobernación, pero no contaba con caja real, además los oficiales reales de Guatemala administraban la Real Hacienda de este territorio mediante un teniente suyo. Sólo como dato general, recordar que en 1526 había obtenido la licencia deseada del emperador para acometer la soñada conquista de Yucatán.

Ese mismo año se firmaron las capitulaciones en la ciudad de Granada por las que Montejo fue nombrado adelantado, gobernador y capitán general de Yucatán y de la isla de Cozumel, y de todas las tierras que fuera capaz de conquistar para la Corona española, con plenos derechos para conceder encomiendas.

El autor de este libro nos presenta en su obra un gran número de datos que nos ayudan a comprender la creación y desempeño de la Caja Real de Chiapas. En la introducción a las Cuentas, Obara-Saeki no se limita a una discusión de los documentos que se han transcrito sino que además utiliza un buen número de otras fuentes, especialmente del Archivo General de Indias, para con ellas explicarnos qué es este documento, de dónde proviene, ofreciéndonos un resumen detallado del mismo.

Dada la importancia de los cobros sobre la fundición de oro, el autor nos explica cómo funcionaban y adicionalmente cómo se calculaban basados en la pureza del oro que se fundía.

Entre las aportaciones de la Introducción está la de comentar al lector que antes de 1540 todo el oro de Chiapas se transportaba a Guatemala para su fundición. Fue a partir de la apertura de la Caja Real en Ciudad Real en 1540 que resultó posible fundir el oro en Chiapas, lo anterior también significaba que el gobierno de la provincia tuviera, como se ha mencionado, un ingreso propio.

El hecho de que la mayor parte de los ingresos terminaran en manos del adelantado Montejo fue un reflejo de la lucha que había entre la Corona y los conquistadores.

Otro de los puntos importantes de la Introducción es que a lo largo de la década de 1540 las cantidades de oro que se llevaban para fundir se redujeron notablemente, de manera que entre 1540 y 1542 se promediaba una cantidad de más de 13,000 pesos de oro al año; no obstante para 1549, el último año de la Cuenta, la cantidad era de apenas 1.9 pesos. Esto da pauta para notar que el oro era una de las atracciones iniciales de Chiapas para algunos españoles. La posterior reducción en la importancia de la minería como fuente de riqueza permite al autor trazar cómo los hombres pudientes de Chiapas comenzaron a invertir en ingenios y cómo esta transición ya se había realizado cuando, en 1549, llegó a Chiapas la prohibición de la esclavitud de los indios tenidos ilegalmente.[3]

La parte principal de la Cuenta misma es una serie de partidas en la que se describe cada uno de los ingresos de la Caja Real de Chiapa en este periodo. La gran, gran mayoría de estas partidas corresponde al pago del quinto o el diezmo por la fundición de oro. Existen unas cuantas más por la fundición de joyas de oro y otras por la fundición de plata. En cada una de las partidas se identifica al dueño del oro o de la plata y en muchas se mencionan también “mineros” y a veces terceras personas que “meten” el oro o la plata a fundición.

Dentro de estas partidas, hay una sola referencia de dos Pueblos de Indios al pago de tributo. Esto ocurre en el año 1549 y se refiere a los pueblos Xaltepeque y Comalapa, los que posiblemente eran los únicos en la provincia cuyo tributo pertenecía a la Real Corona y no a los encomenderos. En su revisión de las cuentas de 1568, el Consejo de Indias preguntaba si no había otros pueblos cuyos pagos de tributo correspondían al rey, y si Xaltepeque y Comalapa no habían pagado en años anteriores.

Entre las otras partidas, se presentan algunas que refieren a los pagos correspondientes a la condenación de Penas de Cámara que el ayuntamiento de Ciudad Real entregó. Asimismo, existen partidas sobre lo correspondiente a los dos novenos del diezmo, y en una cuenta separada, los pagos realizados por los casados que no habían regresado a España para estar con sus esposas.[4]

Desafortunadamente, no tenemos los nombres de las personas que pagaron la condonación de penas, ni información sobre el porqué fueron castigados. Tampoco sabemos quiénes pagaron por no haber viajado a España. Estos datos hubieran enriquecido mucho más nuestro conocimiento sobre otros aspectos de la realidad social de Chiapas en esos años.

Se presentan algunas partidas de ingresos, una de las cuales se refiere al quinto pagado sobre la venta de una esclava india, una de sólo tres mujeres mencionadas a lo largo del documento. La poca referencia a las mujeres —otras dos nombran a las esposas de dos españoles— es un dato interesante en sí mismo.

Después de dar cuenta sobre las diferentes entradas a la Caja, el documento presenta un listado de sus egresos, donde 70% de ellos correspondía a los pagos del salario del adelantado Francisco Montejo. Se anotó también una entrega a las autoridades de la Audiencia de los Confines, de la que Chiapas formaba parte. Asimismo, se pagaron algunas cantidades al monasterio dominicano y a las autoridades eclesiásticas. Se mencionan un pago para el salario del corregidor de los dos pueblos encomendados al rey, y otros por gastos relacionados con la construcción de una casa fundidora.

Resulta necesario subrayar el enorme cuidado que presentan todos los trabajos de Obara-Saeki, lo que se muestra muy claramente en esta transcripción. No hay dato que se salte o cuestión complicada que no se explique con mucha claridad. Cabe mencionar que el autor no sólo transcribe este documento, sino que también revisa las cuentas y toma nota de los errores que las autoridades fiscales realizaron en su momento.

Obara-Saeki hace mucho hincapié en la esclavitud de los indios y resalta el uso de las marcas de hierro que los identificaba como posesión de algún español. Es decir, nos recuerda y hace reflexionar la crueldad de esta práctica que, en diferentes momentos históricos dentro del contexto euroamericano más amplio, se practicaba no sólo con los esclavos sino también con los reos convictos.

El autor argumenta que mucho del oro producido en Chiapas fue resultado del trabajo de los esclavos indios, quienes vienen mencionados en algunos momentos a lo largo del documento específicamente con el término “esclavo” o como “cuadrillas” que laboraban en las minas. Sin embargo, los indios encomendados también tenían un papel fundamental para asegurar el mantenimiento de los esclavos en las minas, al dotarles de maíz y de otros alimentos, además de preparárselos. Los encomendados de igual manera se ocupaban de transportar los alimentos —como tamemes—, construían los campamentos mineros, recogían leña y acarreaban agua.[5]

Como se ha mencionado, merece subrayar la importancia del “Índice de personas” al final del libro donde vienen enlistados los nombres de más de cien que aparecen en las partidas de la Cuenta. Además de los nombres, en el Índice se puede leer el oficio —minero, canónigo, alguacil mayor, etc.— de estas personas y también, en los casos en que viene mencionada en las partidas, la vecindad —Ciudad Real de Chiapas o Guatemala—. Son tres páginas valiosísimas para cualquiera que desee estudiar el siglo XVI en Chiapas: nos permite pensar en varias preguntas sobre los personajes mencionados. Sería interesante, por ejemplo, saber de todas las personas que no son descritas como “vecinos” de una ciudad u otra. ¿Quiénes eran? ¿Vivían en Ciudad Real? ¿Eran personas de alguna manera móviles? ¿De dónde venían y hacía dónde iban? Además, sin hablar de los más pudientes, sobre quienes el autor ha comenzado a trabajar, ¿quiénes eran los demás, los que llevaban cantidades reducidas de oro o de plata para fundir? Los que aparecían identificados como mineros ¿eran todos españoles? Se mencionan a algunos clérigos, y los datos aquí podrían permitir conocer más sobre la temprana presencia eclesiástica en la provincia.

Resulta interesante también responder la pregunta que hicieron las autoridades españolas en 1568 relativa a la veracidad de los datos del informe, donde el rey solo tenía dos encomiendas en el territorio chiapaneco. Finalmente, los nombres en este Índice podrán ofrecer algunas pistas para trazar el proceso a través del cual los conquistadores iban perdiendo poder y las autoridades reales comenzaban a controlar el territorio.

Ahora bien, consideramos que otro de los pasos en futuras investigaciones debe ser la comprensión de todos estos sucesos en un contexto más amplio. Mientras esto ocurría en Chiapas, ¿qué estaba sucediendo en el territorio de lo que hoy conocemos como Centro América? Dejamos la pregunta en el aire porque consideramos que un rastreo de estos aconteceres podría traer nueva luz sobre algunos de los temas y cuestiones apuntadas por el autor, de gran interés para los investigadores que nos dedicamos a tratar de comprender la fiscalidad en Chiapas durante el “Antiguo Régimen”.

Por ejemplo, podría ayudarnos a comprender por qué el Consejo de Indias en 1568 se interesa sorpresivamente por la Cuenta de la Caja Real cerrada en 1549. La obra que hoy presentamos nos ofrece una información de gran importancia para conocer el “cómo” sucedieron los hechos. Estimamos que es momento de dar un paso más y tratar de encontrar los “porqués”.

Tomando en cuenta esta idea, creemos que es importante retomar un concepto clave para explicar el porqué se producen todos estos eventos: el de competencia. Recordemos que no es lo mismo una Gobernación, una Capitanía General y una Audiencia o el Consejo de Indias... cada uno de ellos tenía una jurisdicción y unas competencias establecidas.

Consideramos que la Caja Real de Chiapas se crea no porque contara con extensas riquezas, aunque éste fuera uno de los factores manejados localmente; desde luego, no porque tuviera un puerto de mar de importancia estratégica, ni siquiera por un interés de la Corona. Esta Caja Real fue el resultado de un periodo de ambigüedad en materia fiscal, pero también jurisdiccional; un periodo en el que el aparato administrativo se encontraba evidentemente sin control, por lo que se hizo necesaria la creación de un organismo fiscalizador. Esto no se llevó a cabo hasta 1605 con la aparición de los Tribunales de Cuentas, que de igual manera dependían de la Audiencia, y sólo intervenían como árbitros entre la administración hacendaria central y los oficiales de las tesorerías, aunque ese ya es otro tema.

La Caja Real de Chiapas se inscribe en el periodo institucional que Sánchez Bella (1990) denominó como “Formativo”. Estamos, pues, ante la creación de una caja real, que aunque se consideraba menor era independiente por cuestiones jurisdiccionales y no específicamente extractivas. De esta forma, el primer apartado de este excelente libro es ya un aporte considerable para entender el nacimiento de una caja real en un lugar donde, en principio, no debió haber surgido. Nos muestra, además, un panorama abrumador de futuros estudios y nos hace vislumbrar consecuencias posteriores que desembocarán en el control fiscal de Chiapas por parte de los oficiales reales de Guatemala, en detrimento de los alcaldes mayores nombrados para este territorio a partir de 1577.

 

 

 

Bibliografía citada

Archivo General de Indias, Cartas de Audiencia, 21 de noviembre de 1550, 9 A, R. 17, N. 72, f. 1.

Gerhard, Peter, 1991, La frontera sureste de la Nueva España, Traducción de Stella Mastrangelo, Universidad Nacional Autónoma de México, México.

Obara-Saeki, Tadashi (en prensa), “Las actividades económicas de los españoles en Chiapas, 1540-1549. La minería de oro y la producción de azúcar”, en Justus Fenner y Dolores Palomo (editores), Chiapas: Tierra de la diversidad. Nuevas miradas a su historia, Biblioteca Milenio, México.

Parrilla Albuerne, Ana María, 2013, “La organización de la Hacienda Real en la provincia de Chiapas (1540-1644): oficiales reales, subdelegados y demás personajes”, en LiminaR. Estudios Sociales y Humanísticos, vol. XI, núm. 2, julio-diciembre, pp. 149-169.

Sánchez Bella, Ismael, 1990, La organización financiera de las Indias, siglo XVI, Escuela Libre de Derecho, Miguel Ángel Porrúa, México.

Vallejo García-Hevia, José María, 2008, Juicio a un conquistador: Pedro de Alvarado, tomo 1, Marcial Pons ediciones de Historia, Madrid.

Ana María Parrilla, Unicach
Aaron Pollack, CIESAS Sureste

Notas

1 En otra publicación, Obara-Saeki ofrece consideraciones basadas en el estudio profundo de este documento (Obara-Saeki, en prensa).

2 Archivo General de Indias, Cartas de Audiencia, 21 de noviembre de 1550, 9 A, R. 17, N. 72, f. 1.

3 Para una discusión más amplia, ver Obara-Saeki (en prensa).

4 Se puede encontrar más sobre estos cobros en Parrilla (2013, p. 160, n. 6).

5 En la medida que se acababa la producción del oro, los personajes pudientes de Chiapas comenzaron a invertir en ingenios de azúcar para los cuales se necesitaba igualmente del trabajo esclavo y encomendado. Cuando, en 1549, se ponen en efecto las leyes nuevas que liberan a los esclavos indios y eliminan los servicios personales para los encomendados en Chiapas, los dueños de los ingenios se quedaron sin fuerza de labor y los ingenios sufrieron como resultado (Obara-Saeki, en prensa).